El Centro Nicaragüense de Derechos Humanos, CENIDH recibió el 27 de febrero y el 1 de marzo del presente a unas cuarenta personas todas ellas procedentes de Chichigalpa y miembros de la Asociación Pro Vida y Medio Ambiente (ASOPROVIMA)y de la Organización de Enfermos de Insuficiencia Renal Crónica Nuevas Esperanza, el primero conformado por ex trabajadores/as del Ingenio Monte Rosa, ahora Pantaleón y el segundo por ex trabajadores/a del Ingenio Santa San Antonio, hoy Nicaragua Sugar Estates Limited. Los denunciantes manifestaron encontrarse enfermos de insuficiencia renal crónica (IRC) y que pese a su grave condición no reciben atención médica adecuada por del Estado o por parte de la empresa donde trabajaron, tampoco reciben una pensión que les permita vivir dignamente.
Ambas organizaciones afirmaron estar integradas por centenares de hombres y mujeres enfermos de ICR, así como mujeres que han perdido a sus esposos e hijos producto de esta enfermedad. Manifestaron que pese a las decenas de muertos en los últimos años y a su demanda sostenida contra el Estado y los ingenios azucareros Pantaleón como San Antonio, a la fecha no han obtenido una respuesta acorde a la magnitud de la problemática.
Asimismo, denunciaron la falta de beligerancia de los entes estatales en el abordaje de este grave problema, tales como: Instituto Nicaragüense de Seguridad Social INSS el cual se resiste a incluir esta enfermedad como riesgo profesional, dejándolos fuera de cobertura de la atención medica brindada por el INSS; al Ministerio de Salud MINSA por brindar atención medica limitada donde solo los que tienen los recursos para viajar a Managua pueden acceder a las hemodiálisis; al Ministerio de los Recursos Naturales MARENA el cual se ha negado a asumir su función de supervisión y control del uso de químicos por parte de las empresas y al Ministerio del Trabajo MITRAB por declararse incompetente frente a las demandas de los trabajadores, todo en ello en perjuicio de los derechos laborales de los trabajadores.
Al respecto, Luis Nicoya Presidente de la Asociación Nuevas Esperanzas señaló: “somos una bomba de tiempo, en cualquier momento cualquiera de nosotros puede fallecer producto de esta terrible enfermedad, muchos ya han muerto, sin que hasta el momento haya una respuesta integral a este problema, a la mayoría no nos dan trabajo por nuestra enfermedad, tampoco contamos con una pensión digna ni atención médica adecuada. Estamos condenados a la miseria y a la muerte”.
Por su parte, el señor Eddy de Jesús Aguilar Zapata, miembro de ASOPROVIMA, denunció que la empresa Pantaleón esparce su químicos “maduradores” para la caña de azúcar de forma aérea, sin restricciones o medidas de seguridad para con las parcelas de ciudadanos colindantes, es su caso, manifestó, que ha perdido hasta una manzana de grano de maíz por el efecto de este químico, además de contaminar el subsuelo y por ende el manto acuífero, reduciendo significativamente el agua potable en las comunidades, lo que ha agravado la situaciones de los enfermos con IRC.
Para el CENIDH la situación planteada por los ex trabajadores de los ingenios señalados es grave y merece acciones urgentes dirigidas a garantizarles atención médica adecuada y en sus lugares de origen a fin de evitar el desgaste físico y económico que implica para ellos el viaje a Managua. Asimismo, exigimos a las autoridades adopten las medidas legales pertinentes que permitan a estas personas acceder a las instancias judiciales correspondientes de cara a garantizar su derecho humano a acceder a la justicia.
Ante esta falta de protección, el CENIDH recuerda que la Constitución Política en su Art. 105 establece la priorización de la salud a las personas en situación de especial vulnerabilidad, sin embargo esto no se ha cumplido, ya que los denunciantes refirieron no tener acceso a un sistema de salud eficaz. De la misma forma, estas afectaciones denunciadas no solo repercuten directamente la salud de los denunciantes, sino que además afectaría significativamente el ecosistema y medio ambiente, desconociéndose a la fecha las medidas de protección tomadas por las empresas y la fiscalización de entes estatales para garantizar la salud ambiental.
En este sentido, es esencial retomar la posición de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su más reciente Opinión Consultiva, OC23/17 señala: La degradación del medio ambiente puede causar daños irreparables en los seres humanos, por lo cual un medio ambiente sano es un derecho fundamental para la existencia de la humanidad…Con el propósito de cumplir la obligación de prevención los Estados deben regular, supervisar y fiscalizar las actividades bajo su jurisdicción que puedan producir un daño significativo al medio ambiente; realizar estudios de impacto ambiental cuando exista riesgo de daño significativo al medio ambiente; establecer un plan de contingencia, a efecto de tener medidas de seguridad y procedimientos para minimizar la posibilidad de grandes accidentes ambientales, y mitigar el daño ambiental significativo que se hubiere producido, aun cuando hubiera ocurrido a pesar de acciones preventivas del Estado.
Centro Nicaragüense de Derechos Humanos
¡Derecho que no se defiende… es derecho que se pierde!