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CENIDH acompaña a defensora de derechos humanos criminalizada por la justicia por su labor de defensa de derechos

5 de marzo de 2014

El Centro  Nicaragüense  de Derechos Humanos CENIDH Filial Matagalpa, recibió el 17 de febrero del presente año, a la Señora Auxiliadora Romero, defensora de derechos humanos e integrante del Movimiento Comunal de Matagalpa, quien denunció ser víctima de persecución por parte de autoridades judiciales por su labor de promoción y defensa en  contra de la explotación minera en el Municipio de Rancho Grande.
La denunciante refirió que participó en la marcha  organizada en ese municipio en contra de la minería en la cual también participaron decenas de expresiones organizativas del municipio y departamento entre autoridades públicas, ONG, iglesias, comerciantes y productores, así como niños, jóvenes y adultos. Manifestó que por solicitud de campesinos/as participantes realizó una pinta en la pared  de las oficinas de la B2GOLD  que decía:“Que se vaya B2GOLD de Rancho Grande, no queremos minería”.

Según la denunciante mediante exhorto, el 12 de febrero de este año, fue compelida a comparecer  ante el Juzgado Local de Municipio de Rancho Grande  para el 18 de febrero del 2014 con la finalidad  de rendir declaración  y celebración de Audiencia Inicial y Mediación en causa penal número 000493-ORN1-2014-PN como autor o coautor de Falta Penal en perjuicio de Asunción Díaz Castro. La denunciante refirió no conocer a esta persona  y que supone es la propietaria de la casa donde se encuentran las oficinas de la empresa minera B2GOLD. Cabe destacar que la comparecencia fue reprogramada para el 26 de febrero del 2014. 

Atendiendo la denuncia, un equipo del CENIDH acompañó a la señora Romero a audiencia la cual fue reprogramada por la Licenciada Evelin Gutiérrez, Juez Local Único del Municipio de Rancho Grande, para el próximo 12 de marzo por la inasistencia del representante de  Defensoría Pública.
La denunciante manifestó que  esta situación es parte de una estrategia de presión por parte de los representantes de dicha empresa a fin de intimidar a la población  para que desista de la lucha en contra  de la minería, y que la cita reprogramada es con la intención de desgastarla al obligarla a viajar nuevamente de Matagalpaa Rancho Grande. Según afirmó,  un documento de proforma de daños a las oficinas de la B2gold realizado por Tritón minera revela que es la empresa minera quien está detrás de esta acusación.
Llama la atención la diligencia de los funcionarios encargados de administrar  justicia en este caso por la levedad de la conducta perseguida penalmente. Es evidente la celeridad y diligencia en comparación a otros casos de suma gravedad donde las víctimas esperan meses para acceder la justicia.
El CENIDH considera que los hechos ocurrieron en el contexto de la protesta de pobladores de Rancho Grande, protesta que es apoyada por organizaciones, iglesias y movimientos, la cual ha incluido dos marchas y diferentes iniciativas a nivel local y departamental en 2013. En ese sentido, la persecución penal contra la señora Romero es una expresión más del entorno deshabilitante para la defensa de los derechos humanos que se vive en el país y que tiene expresiones tanto en el ámbito del reclamo de la defensa de los derechos ambientales como respecto de otras demandas de la población.
Al respecto la Declaración sobre Defensores de Derechos Humanos (A/RE/53/144) del 9 de diciembre de 1998 establece que toda persona tiene derechos individual y colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos  humanos y las libertades fundamentales.
Asimismo, esa declaración señala el deber de los Estados de proteger, promover y hacer efectivos todos los derechos humanos y libertades fundamentales adoptando las medidas necesarias para crear las condiciones sociales, económicas y políticas  y de otra índole, así como las garantías jurídicas requeridas para que toda persona sometida a su jurisdicción, individual y colectivamente pueda disfrutar  en la prácticatodos esos derechos fundamentales incluidos los de la referida Declaración (artículo 2).
En este caso la acción estatal se aleja de los derechos mencionados y apunta más bien a obstaculizar el derecho a defender derechos, lo que constituye una violación de los derechos humanos de la señora Romero y de la población que promueve y defiende su derecho humano a vivir en un ambiente sano. En tal sentido, demandamos se cese la persecución a la señora Romero quien desde el Movimiento Comunal y otros espacios ha promovido los derechos humanos y que se respete el derecho de la población de Rancho Grande a vivir libre de explotación minera.
El CENIDH actualmente acompaña a la defensora Romero a fin de velar por la vigencia de su derecho a defender derechos.



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